10 Comentarios
guileam

20 feb 2026, 11:31

[*3*]
"Artículo 148
1. Las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en las siguientes materias:

3.ª Ordenación del territorio, urbanismo y vivienda"

IA: Los 17 estatutos de autonomía de las comunidades autónomas en España regulan la competencia en materia de vivienda, ya que esta competencia les ha sido transferida de manera exclusiva,

Pero la culpa de Perro Santxe.

guardia_carmesi

20 feb 2026, 11:08

[*2*] Artículo 128.1 de la Constitución: Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general.

guileam

20 feb 2026, 13:11

[*7*] Propiedad supeditada al interés general, como bien te ha indicado el compañero y el art. 128.1. Interés general recogido en el art 47 de la constitución relativo al derecho a la vivienda.

Además el punto 2 del artículo 128 es más contundente

"2. Se reconoce la iniciativa pública en la actividad económica. Mediante ley se podrá reservar al sector público recursos o servicios esenciales, especialmente en caso de monopolio y asimismo acordar la intervención de empresas cuando así lo exigiere el interés general"

Por lo que PERFECTAMENTE la constitución habilita al Estado a hacer lo que considere hacer respecto a la expropiación de la propiedad privada de cualquier persona, física, jurídica o asociacional, a cambio del consabido justiprecio, por lo general el valor catastral, cosa que reiteradamente ha realizado en el pasado para construir especialmente carreteras o vías, sin que estas últimas tengan una protección constitucional como si tiene la vivienda.

Pero no sólo habilita a una expropiación discrecional, también habilita a la consideración de la vivienda como servicio esencial llegando incluso a la imposición de reserva al sector público del mercado de la vivienda.

No se porque te piensas que vives en otro país distinto del nuestro, donde la propiedad se impone sobre cualquier cuestión o el interés general, eso no sucede en ninguno de los países de descendencia jurídica napoleónica.

lagrimas_tuyas

20 feb 2026, 12:02

[*2*] todo el mundo tiene derecho a una vivienda digna, si esq eres el tonto del pueblo

asivaespana

20 feb 2026, 10:14

Sí, más que nada porque ya se ve que lo de construir vivienda no es algo en lo que estén muy interesados, solamente lo están en prometerla

graciasneofascistas

20 feb 2026, 12:07

[*5*] ¿ ya no haces spam con tus lagrimas? que triste que intentes parecer un humano

graciasneofascistas

20 feb 2026, 10:14

Luego hablan de cumplir la constitución pero hablan de robar a miles de personas sus propiedades privadas protegidas por la constitución

graciasneofascistas

20 feb 2026, 12:06

[*3*] El Artículo 33 de la Constitución Española reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia, limitando su contenido por su función social y la ley. Prohíbe la expropiación forzosa sin causa justificada de utilidad pública o interés social, la cual requiere indemnización según lo dispuesto por las leyes

graciasneofascistas

20 feb 2026, 12:07

[*4*] El Artículo 33 de la Constitución Española reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia, limitando su contenido por su función social y la ley. Prohíbe la expropiación forzosa sin causa justificada de utilidad pública o interés social, la cual requiere indemnización según lo dispuesto por las leyes

graciasneofascistas

20 feb 2026, 12:08

[*5*] tienes derecho eso no es igual que te robes casas y que te tengan que dar una por tu cara bonita

tienes derechos y obligaciones , responsabilidades y leyes que cumplir

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