8 Comentarios
guileam

24 mar 2026, 14:11

Vamos a ver.

Contrato de compra, pagas un dinero y te doy una cosa, es un contrato de ejecución inmediata, finaliza en el acto.

Contrato de tracto sucesivo o ejecución continuada, como el del alquiler, a cambio de un dinero te doy una cosa prolongadamente o a cambio de un dinero te presto un trabajo, como el contrato de trabajo, finaliza cuando finaliza el contrato.

En un contrato de ejecución continuada, las obligaciones de pago tienen una protección distinta a las obligaciones de hacer o dar la cosa. No entiendo porqué pero así funciona el derecho. En caso de impago el derecho es a Reclamar lo impagado.

Es decir a que te paguen, puesto que el interés del que recibe el dinero es recibir dinero, no recibir cosas.

Esto se ve bien con el ejemplo del contrato de trabajo, si el empresario no te paga tu tienes derecho a reclamar el pago con interés, y nunca tienes derecho a no trabajar. En el alquiler es exactamente lo mismo, tienes derecho a reclamar el dinero no a reclamar la cosa, porque sino estarías ante un incumplimiento doble, lo cual es un absurdo desde el punto de vista del derecho, es un comportamiento infantil.

Por lo que esa persona va a generar una deuda personal, presente y futura por los impagos.

Una vez el contrato finaliza, y conforme a las normas que regulan ese tipo de contratos, podrás recuperar la cosa.

Es lógico, es coherente y es derecho.

El resto, es que no hacéis más que llorar por un supuesto que estadísticamente es muy cercano a 0, meter alarmismo para vender alarmas, y no saber escoger inquilinos que cuenten con dinero suficiente para abonar un alquiler, o directamente pagarte un seguro para que cubra los posibles impagos como hace cualquier financiera de vehículos.

satanicopandemonium

24 mar 2026, 16:08

[*6*] os la pone dura comparar un asesinato con un impago? O es que simplemente eres tonto del culo?

yoksetioxd

24 mar 2026, 15:04

[*6*] y qué tiene que ver una cosa con la otra? Churramerinismo de libro

guileam

24 mar 2026, 14:43

[*4*] Eso es el día a día de muchos trabajadores, y además es especialmente grave, porque para poder extinguir el contrato con derecho a paro tienes que aguantar al menos dos mensualidades, más iniciar el procedimiento jurídico concreto.

Pero a diferencia de los impagos de inquilinos que son porcentualmente cercanos a cero.

Los casos de impagos a los trabajadores son tan jodidamente comunes que han inventado el FOGASA para cubrir los salarios impagados, por las tropelías continuas de los empresarios.

embanix

24 mar 2026, 14:54

[*2*] estadisticamente esta mas representado que por ejemplo la violencia hacia las mujeres, entonces segun TU ARGUMENTO la violencia a las mujeres es menos importante que los okupas... No uses numeros o estadísticas cuando solo demostrais por que somos de los peores paises de europa en matematicas.

galen2

24 mar 2026, 14:10

Fíjate si está normalizado que hay subnormales que votan negativo... como se nota que no tienen una casa.

jolinhar

24 mar 2026, 14:30

[*2*] espero que a esta gente el trabajo deje de pagarles y se vean en la situación de no poder pagar el alquiler o la hipoteca. Un poco de empatía a las bravas

graciasneofascistas

24 mar 2026, 14:11

¿pero de verdad no tienen que pagar ? tampoco es que los echen la verdad

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