[*6*] @nonrandomguy Y así es como se crea la justicia de autor en lugar de que lo que se juzgue sea el delito en sí.
A partir de ahora no importará la intencionalidad si eres hombre, si agredes a una mujer se considerará VG sí o sí. Es decir, que si tu mujer te está dando una somanta palos y se te ocurre darle una bofetada por si para, tú serás juzgado por VG y ella por VD. Tu pena, probablemente sea mayor que la suya.
Y no me digas que es un caso muy improbable ya que ha sido precisamente ese el que ha dado lugar a esa jurisprudencia.
Igualdad, dicen... ¡Y UNA MIERDA!
[*6*] @nonrandomguy Un poco lioso, pero muy cierto. El problema es cuando el plan de incidencia contempla la posibilidad de tratar de forma distinta a dos grupos iguales, porque uno es el 83% y otro el 17%.
Claro, porque no incluír a los hombres víctimas de malos tratos en el apartado de violencia de género no es querer esconder nada, qué va. Panda de buenistas hipócritas y amargados. Qué ganas de que se hundan en las próximas elecciones.
[*7*] @pareidolia2 Hm.... Creo que no son las mismas circunstancias las de un maltrato a una mujer dentro de una relación sentimental (donde es habitual que sean dos personas adultas y una económicamente dependiente de la otra), a un caso de violencia familiar (donde la agresión va en todas las direcciones).
Si segmentásemos todos los tipos de violencia familiar y encontrásemos un patrón en cada grupo (hermano-hermano, padres-hijos, hijos-padres, nieto-abuelo, abuelo-nieto, tío-sobrino, sobrino-tío, cónyuges, etc...), entonces podríamos hablar de un plan concreto para estas situaciones...
El problema es que fíjate lo que es ese 16%, está tan segmentado que la pregunta es sencilla, ¿por dónde coges a cada grupo resultante?, ¿qué patrón existe?
[*12*] @nonrandomguy Me refiero al reciente suceso de la pareja que se peleó, resultando condenado por un mayor delito él que ella. Y puede que no sea el mismo caso, pero sí es el mismo problema, del que se ha derivado esta situación de injusticia, y de injusticia es de lo que estamos hablando.
Todas las desinencias porcentuales del mundo, por muy exageradas y parciales que sean, no justifican que un hombre sea condenado a más años por un delito distinto que una mujer, por hacer ambos lo mismo, el uno al otro. Todas las diferencias, similitudes, circunstancias y emociones del mundo no justifican eso. Eso es un error.
Directamente no entiendo los comentarios de ahí arriba... Voy a explicar cómo funciona la política (cuando funciona bien) en un caso genérico:
-En un País X existe una incidencia Y de gravedad moderada (vamos, que no es mortal). Esta Incidencia Y crea malestar en una minúscula parte de un grupo social (vamos a suponer menos del 0.01% del grupo).
-Cuando esta "Incidencia Y" (gravedad moderada) comienza a ser recurrente y afecta al 0.1% sigue siendo considerado un caso aislado, pero la administración toma nota y lo engloba dentro de un "Plan Z" de lo que se considera "Incidencias Genéricas".
-Cuando "Incidencia Y" afecta al 1% del grupo, pasa a tener un epígrafe propio dentro del "Plan Z" de "Incidencias Genéricas".
-Cuando resulta que la "Incidencia Y" afecta a más del 10% del grupo, lo que antes era una "Incidencia" pasa a ser considerado un PROBLEMA SOCIAL. Y entonces la administración crea un Plan Y exclusivo para la Incidencia Y (seguimos hablando de algo de gravedad moderada).
Cuando resulta que el porcentaje de incidencia es del 83% sobre el total de casos y que la gravedad puede ser potencialmente LA MUERTE, estamos hablando de un PROBLEMA SOCIAL con IDENTIDAD PROPIA y de una GRAVEDAD ALTA.
No es que los 17% de casos de violencia doméstica no existan, es que el 83% de violencia de género ha conseguido identidad propia dentro de la violencia del ámbito doméstico-familiar.
15 Comentarios