La secretaria de BEGOÑA , mando 121 correos , a UN MINUTO cada uno de tiempo fue UN TOTAL DE DOS HORAS. Por el sueldo publicado de ella a 35 euros UN TOTAL DE 70 euros de presunta malversacion. OJO en TRES AÑOS Y MEDIO. Imagino que el don GREÑAS tendra que cuantificar el delito. No?
Pues sus otros tres hermanos eran tambien notarios y registradores de la propiedad. Ya podian haberlo pagado a escote o vender alguna propiedad. Pero no a nuestras costillas. A ver si en el caso de BEGOÑA aplican el mismo criterio
[*8*] se ha sacado tráficos de influencias retroactivos (conseguir puestos en 2014 desde el puesto de presidente de 2018). Le veo capaz de decir que el señor Perro Sánchez es a la vez civil particular no vinculado al Gobierno, Presidente del Gobierno electo y dictador ultracomunista autoproclamado. Seguir este caso es una esquizofrenia total.
[*4*] en esta pata del caso qie quiere mandar el don GREÑAS a juicio con jurado , NO. Solo malversacion que segun y como yo lo veo y leyendo al MUNDO es de unos 70 eurazos repartidos en 3 años y medio
Pues, que queréis que os diga, me parece un poco pillado. Por lo que entiendo el presupuesto de la Moncloa es para mantener y cuidar al presidente y su familia, que es cierto que puede estar pillado por los pelos eso de llevarte a tu padre que padece de incapacidad. Pero si te llevas a tus hijos y les pagan la comida, y la educación, y en algunos casos les ponen escolta.
Que te lleves a tu padre enfermo, del cual debes cuidar, y eso lo abone moncloa, no me parece una malversación, sino una falta de definición de los deberes de Moncloa hacia la presidencia.
Más que un delito, lo que veo es la hipocresía de condenar al país a la austeridad y la subida de impuestos, mientras tu te beneficiabas de los grises de la legislación, y mientras tu ministro de hacienda se dedicaba a hacer leyes ad hoc para que empresas pagasen menos impuestos a cambio de mordidas.
[*2*] [*4*] [*6*] "La malversación es un delito especial de apropiación indebida del patrimonio público o administración desleal del mismo que solo puede cometerse por una autoridad o funcionario público. Se regula en los artículos 432 a 435 del Código Penal, dentro de los delitos contra la Administración pública". (extraído de la web de un abogado penalista).
Hay que ir sacando palomitas para ver los malabares judiciales que usará Peinado, no sólo para llevar esto a juzgado popular, sino para declarar culpable a un civil de algo que sólo puede cometer un empleado público...
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