[*2*] Que tu hables de tener palabra, cuando diste tu palabra de largarte de esta web, y aquí estas, cual cucaracha en la basura, viniendo una y otra vez.
Sólo por dar contexto: las listas de objetores (hacia el aborto o la eutanasia) es un mecanismo para garantizar que si un paciente opta por esa prestación, se atienda su demanda al ser un derecho.
Esto ya existe desde que se promulgaron las leyes correspondientes, pero al ser competencia autonómica, no todos lo implantan igual. De ahí la necesidad de reforzar esto con una ley superior, Estatal.
El mecanismo es simple: una paciente solicita un aborto (o cualquier paciente una eutanasia), se consulta la disponibilidad de profesionales no objetores (la lista nunca es pública, sólo de los comités directivos de la CCAA o las Gerencias de los centros) y si no hay, se deriva a otro centro que sí pueda garantizar esa asistencia. Lo dicho: se lleva haciendo desde siempre con ambos derechos.
Dicho esto: si Feijoo afirma su implicación en que se cumplan los derechos de las mujeres (en el caso del aborto) y cualquiera de sus presidentes autonómicos dice que no va a emplear los mecanismos habilitados para ello, no está garantizando los derechos de las pacientes, desmarcándose de toda legalidad. En este caso, la publicación de Sánchez es objetiva.
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