Pues se han pasado la presunción de inocencia por donde no da el sol así que básicamente acaban de perder un juicio contra una trabajadora basándose en una reseña y no en una queja formal ante consumo
[*3*] Hay unos cauces legales para hacer ese tipo de quejas y el primer paso es pedir una hoja de reclamaciones EN EL MOMENTO en que suceden los hechos, no 10 días después. Por mucho que sea o no mentira la trabajadora no tiene absolutamente nada de qué preocuparse, ya que lo que se va a juzgar es la procedencia del despido (que ya te requeteaseguro yo que el juez le va a decir al empresario que se suba en el dedo y pedalee).
El empresario puede llamar a declarar al cliente, a su familia y a toda la corte celestial si le apetece, que lo que se va a juzgar es la nulidad del despido, no la veracidad del hecho.
A mi me suena más a que la empresa tenía demasiadas ganas de despedir a este trabajador y han aprovechado un mínima grieta para poder justificar despido procedente... Veremos en qué acaba pero vaya cutres los de la empresa...
Una nulidad como una catedral, una sanción debe fundamentarse en hechos, no en opiniones, si no ha habido reclamación formal una reseña en google es inadmisible para este tipo de acciones
Pues que vaya a juicio. Si era mentira, no tiene nada de qué preocuparse.
Los hechos puede que no sean ciertos, pero os recuerdo a todos que llegado el caso las reseñas permite al propietario contactar con el usuario para pedir más información e incluso para pedirle que corrobore la reseña allá donde proceda.
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